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Residencia en España – Latinoamericanos. Comparativa Visa Nómada Digital vs Persona No Lucrativa vs Golden Visa

Residencia en España para Latinoamericanos.

Comparativa de Visas: Nómada Digital vs No Lucrativa — y alternativas para perfiles empresariales.

España ofrece en 2026 dos vías principales de residencia para ciudadanos latinoamericanos: la Visa Nómada Digital y la Visa No Lucrativa. Para perfiles empresariales, existen además la Visa de Emprendedor y el Traslado Intraempresarial. Cada una responde a un perfil diferente, implica requisitos distintos y tiene consecuencias fiscales y patrimoniales que conviene entender antes de tomar cualquier decisión inmobiliaria o de relocalización.

¿Cómo residir legalmente en España si compro una propiedad? Desde abril de 2025 la respuesta cambió: la Golden Visa fue eliminada y comprar ya no otorga residencia. Este artículo compara las opciones vigentes en 2026 para que identifiques cuál se adapta mejor a tu situación.

¿Por qué España y por qué en 2026?

España ha consolidado su posición como el destino preferido de relocalización para latinoamericanos de alto patrimonio en Europa. Los factores son conocidos: afinidad cultural e idiomática, clima excepcional, sanidad de calidad, educación internacional, seguridad y un marco fiscal que, en comparación con Francia, Italia o el Reino Unido, resulta notablemente más favorable.

En 2026, el contexto incluye tres elementos relevantes para el comprador latinoamericano:

  • El Régimen de Impatriados (Ley Beckham) permite a nuevos residentes tributar al tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española durante los primeros seis años — una ventaja fiscal muy significativa para quienes se relocalicen desde países con mayor presión fiscal.
  • La Golden Visa fue eliminada completamente en abril de 2025 (LO 1/2025) — incluyendo todas las modalidades de inversión: inmobiliaria, financiera y empresarial. Ya no existe ninguna vía de residencia por inversión pasiva en España.
  • El auge del teletrabajo y la economía digital ha consolidado la Visa Nómada Digital como una opción real y atractiva para perfiles que antes no tenían una vía legal adecuada.

⚠️ Aviso legal: La normativa de visados y residencia cambia con frecuencia. Este artículo refleja el marco legal vigente a mayo de 2026, pero siempre debe contrastarse con un abogado especializado en extranjería antes de iniciar cualquier trámite.

Visa Nómada Digital — Para quienes trabajan de forma remota

¿Para quién es?

La Visa Nómada Digital —regulada por la Ley de Startups (Ley 28/2022)— está diseñada para personas que trabajan de forma remota para empresas o clientes ubicados fuera de España. No requiere inversión inmobiliaria ni patrimonio mínimo acreditado más allá de los ingresos demostrables.

El perfil ideal es el de un profesional independiente, emprendedor digital, empleado en remoto o consultor que factura principalmente a clientes o empleadores fuera de España. Importante: si eres el socio mayoritario o administrador único de tu propia empresa, no puedes usar esta visa para teletrabajar para esa misma empresa — la UGE-CE puede denegar la solicitud por autocontratación encubierta. En ese caso, la vía correcta es el Traslado Intraempresarial o la Visa de Emprendedor (ver más abajo).

Requisitos principales

  • Ingresos mínimos: equivalente al 200% del SMI español mensual. En 2026, el SMI es de 1.134€ brutos mensuales, por lo que el mínimo exigido es aproximadamente 2.268€/mes (~27.000€ anuales). Para cónyuges o parejas, se requiere el 75% adicional; para hijos, el 25% por cada uno.
  • Origen de los ingresos: al menos el 80% debe provenir de clientes o empleadores fuera de España.
  • Antigüedad de la actividad: al menos 3 meses ejerciendo la actividad profesional o laboral que sustenta la solicitud.
  • Seguro médico privado: con cobertura completa en España, sin copagos y equivalente a la cobertura del sistema público.
  • Antecedentes penales: certificado de antecedentes penales de España y del país de residencia de los últimos 5 años, apostillados.

Duración y renovación

Se concede inicialmente por 1 año (tramitada en el consulado como visado de larga duración) o por 3 años directamente como Autorización de Residencia (si se tramita desde España). Es renovable por períodos de 2 años mientras se mantengan los requisitos.

Tributación

El titular puede acogerse al Régimen de Impatriados (Ley Beckham) durante los primeros 6 años, tributando al tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española hasta 600.000€. Acogerse a Beckham no es automático — debe solicitarse en los primeros 6 meses mediante el Modelo 149. Sin Beckham, tributa como residente ordinario por renta mundial. Las rentas de fuente extranjera quedan generalmente exentas en España bajo Beckham.

Ventajas

  • No requiere inversión inmobiliaria
  • Ingresos mínimos relativamente accesibles
  • Compatible con el Régimen de Impatriados (tipo fijo 24%) si se solicita
  • Compatible con mantener actividad profesional en el país de origen
  • Posibilidad de incluir a la familia en la misma solicitud

Limitaciones

  • El 80% de los ingresos debe proceder de fuera de España
  • No válida para dueños que teletrabajan para su propia empresa
  • No genera derecho a la Tarjeta de Larga Duración hasta los 5 años de residencia continuada
  • Requiere renovaciones periódicas acreditando el mantenimiento de los requisitos

Visa No Lucrativa — Para rentistas e inversores sin actividad laboral en España

¿Para quién es?

La Visa de Residencia No Lucrativa está diseñada para personas que disponen de ingresos o patrimonio suficiente para residir en España sin necesidad de trabajar en el país. Es la vía más habitual para jubilados, rentistas, perceptores de dividendos o personas con rentas pasivas suficientes.

A diferencia de la Visa Nómada Digital, la No Lucrativa prohíbe expresamente el ejercicio de actividad laboral o profesional en España. Sin embargo, no impide percibir rentas del exterior (dividendos, alquileres, pensiones, rendimientos financieros).

Requisitos principales

  • Ingresos o patrimonio mínimo: demostrar ingresos mensuales equivalentes al 400% del IPREM. En 2026, el IPREM mensual es de aproximadamente 600€, por lo que el mínimo exigido se sitúa en torno a 2.400€/mes para el solicitante principal, más el 100% del IPREM por cada familiar adicional (~600€/mes por persona).
  • Seguro médico privado: obligatorio, con cobertura completa equivalente al sistema público español, sin copagos y sin periodo de carencia.
  • Vivienda acreditada en España: mediante contrato de arrendamiento o escritura de propiedad.
  • Antecedentes penales: certificado apostillado del país de origen y de los países de residencia de los últimos 5 años.
  • No haber residido ilegalmente en España ni estar en situación de prohibición de entrada.

Duración y renovación

Se concede inicialmente por 1 año, renovable por periodos de 2 años. Tras 5 años de residencia legal y continuada, es posible solicitar la Tarjeta de Larga Duración (residencia permanente).

Tributación

Este es el punto más crítico de la Visa No Lucrativa: no permite acogerse al Régimen de Impatriados (Ley Beckham). El titular tributa como residente fiscal español desde el primer año, lo que implica tributar por renta mundial con los tipos progresivos del IRPF (hasta el 47% en los tramos más altos). Para quienes tienen rentas altas del exterior, esto puede ser un factor determinante en contra. La planificación fiscal previa con un asesor especializado es imprescindible.

Ventajas

  • Proceso relativamente sencillo si se cumplen los requisitos económicos
  • No exige inversión mínima ni tipo de activo específico
  • Compatible con compra de inmuebles en España
  • Permite incluir a toda la familia en la misma autorización
  • Vía directa a la residencia permanente tras 5 años

Limitaciones

  • Prohibición expresa de trabajar en España (ni por cuenta ajena ni por cuenta propia)
  • Tributación como residente fiscal desde el primer año: renta mundial a tipos progresivos del IRPF
  • No compatible con el Régimen de Impatriados (Ley Beckham)
  • Renovaciones periódicas con acreditación de ingresos

Alternativas para perfiles empresariales

Los empresarios y directivos latinoamericanos que desean trasladar su actividad a España disponen de dos vías específicas, ambas compatibles con la Ley Beckham y vigentes en 2026:

Traslado Intraempresarial — Para directivos que trasladan su empresa a España

Permite a un directivo o profesional altamente cualificado trasladarse a España como empleado de una filial española de su empresa latinoamericana. Requiere crear una sociedad española (filial o sucursal) y firmar un contrato laboral con esa entidad española.

  • Compatible con Ley Beckham: sí — es la vía recomendada para dueños de SA de CV, SAS u otras sociedades latinoamericanas que quieren beneficiarse del régimen fiscal especial.
  • Participación en la sociedad española: si eres administrador de la filial española, tu participación en ella no puede superar el 25% para mantener el derecho a Beckham.
  • Participación en la empresa latinoamericana: sin límite — puedes ser el 100% propietario de tu empresa en México, Colombia o cualquier otro país sin que afecte al régimen.
  • Plazo a residencia permanente: 5 años. Ciudadanía española para iberoamericanos: 2 años.

📌 Ejemplo práctico: Un empresario mexicano con SA de CV crea una filial española, se traslada como director general con salario de €130.000, presenta el aviso al SAT y solicita Beckham. Su empresa mexicana sigue distribuyendo dividendos con retención del 10% en México. Resultado: 24% fijo sobre salario en España + exención general de dividendos mexicanos. Ver guía completa: Ley Beckham para Mexicanos.

Visa de Emprendedor (Ley Startups) — Para fundadores de empresas innovadoras en España

Permite a ciudadanos extranjeros crear y gestionar una empresa de base tecnológica o innovadora en España. La empresa debe ser evaluada y aprobada por ENISA (Empresa Nacional de Innovación) como proyecto de interés económico.

  • Compatible con Ley Beckham: sí, si la actividad implica la gestión activa de la empresa.
  • Inversión mínima: no hay un importe fijo — se valora la viabilidad e innovación del proyecto, no el capital invertido.
  • Diferencia clave con la Golden Visa eliminada: la Visa de Emprendedor requiere actividad real y gestión directa de la empresa. No es una vía de inversión pasiva — es una vía de actividad empresarial.
  • Plazo de resolución: aproximadamente 20 días hábiles una vez aprobado el proyecto por ENISA.

⚠️ Golden Visa — Eliminada en abril de 2025: La LO 1/2025 eliminó todas las modalidades de Golden Visa — inmobiliaria, financiera (acciones, depósitos, deuda pública) y empresarial. No existe ninguna vía de residencia por inversión pasiva en España desde el 3 de abril de 2025. La Visa de Emprendedor y el Traslado Intraempresarial son vías de actividad empresarial activa, no de inversión pasiva, y siguen plenamente vigentes.

Tabla comparativa — Las vías de residencia en 2026

Criterio Visa Nómada Digital Visa No Lucrativa Traslado Intraempresarial Visa Emprendedor
Inversión mínima No No No No (proyecto aprobado ENISA)
Ingresos mínimos ~2.268€/mes ~2.400€/mes Según contrato Sin mínimo fijo
Actividad laboral en España Solo remota (80% fuera) No permitida Sí — directivo filial española Sí — gestión empresa propia
Régimen de Impatriados (Beckham) Compatible — solicitar aparte No compatible Compatible — solicitar aparte Compatible — solicitar aparte
Tributación sin Beckham Residente — renta mundial IRPF Residente — renta mundial IRPF Residente — renta mundial IRPF Residente — renta mundial IRPF
Residencia mínima exigida Sí (>183 días) Sí (>183 días) Sí (>183 días) Sí (>183 días)
Plazo residencia permanente 5 años 5 años 5 años 5 años
Ciudadanía (iberoamericanos) 2 años 2 años 2 años 2 años
Incluye familia
Duración inicial 1–3 años 1 año 2 años 2 años

¿Cuál es la mejor opción para el comprador latinoamericano?

No existe una respuesta única, pero sí perfiles claros:

Elija la Visa Nómada Digital si trabaja de forma remota para clientes o empleadores fuera de España — y no es el dueño de la empresa para la que teletrabaja —, tiene ingresos demostrables de al menos 2.268€/mes y quiere optimizar su fiscalidad con el Régimen de Impatriados. Es la opción más flexible y accesible para el perfil de profesional digital.

Elija la Visa No Lucrativa si es jubilado, rentista o perceptor de rentas pasivas que no necesita trabajar y dispone de ingresos o patrimonio suficiente. La planificación fiscal previa es imprescindible dado que tributará por renta mundial desde el primer año y no puede acogerse a Beckham.

Elija el Traslado Intraempresarial si es empresario o directivo con empresa propia en Latinoamérica y desea trasladar operaciones a España creando una filial española. Es la vía recomendada para dueños de SA de CV, SAS u otras sociedades que quieren acceder a la Ley Beckham. Requiere crear una entidad española y firmar un contrato laboral con ella.

Elija la Visa de Emprendedor si desea fundar en España una empresa de base tecnológica o con componente innovador que pueda ser aprobada por ENISA. No requiere un nivel mínimo de inversión, pero sí un proyecto empresarial sólido y diferenciado.

En la práctica, muchos compradores latinoamericanos de alto patrimonio combinan la compra de un inmueble en la Costa del Sol con una de estas vías, adaptando la estructura a su situación fiscal y patrimonial global. El asesoramiento conjunto de un abogado de extranjería y un asesor fiscal especializado en no residentes es en todos los casos imprescindible.

Preguntas frecuentes

¿Puede un ciudadano latinoamericano comprar una propiedad en España sin tener residencia?

Sí, sin restricción alguna. España no exige residencia previa ni permiso especial para que un ciudadano extranjero compre un inmueble. El único requisito es disponer de un NIE, que puede obtenerse en el Consulado español del país de origen o en España mediante poder notarial otorgado a un abogado local. La compra de un inmueble no otorga automáticamente residencia.

¿Sigue existiendo la Golden Visa en España?

No. La LO 1/2025, en vigor desde el 3 de abril de 2025, eliminó todas las modalidades de Golden Visa en España — inmobiliaria, financiera (acciones, depósitos bancarios, deuda pública) y empresarial. No existe ninguna vía de residencia por inversión pasiva en España. Los empresarios que desean trasladar su actividad a España disponen del Traslado Intraempresarial y la Visa de Emprendedor, que son vías de actividad empresarial activa — no de inversión pasiva.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse cada visa desde Latinoamérica?

Como referencia general: la Visa Nómada Digital tarda habitualmente entre 4 y 8 semanas. La Visa No Lucrativa entre 4 y 10 semanas, aunque algunos consulados con alta demanda (México DF, Buenos Aires, Bogotá) pueden demorar más. El Traslado Intraempresarial y la Visa de Emprendedor se tramitan ante la UGE-CE con un plazo legal de 20 días hábiles, aunque en la práctica puede extenderse. En todos los casos, la calidad de la documentación es el factor que más influye en la velocidad de resolución.

¿Qué ocurre con la fiscalidad en el país de origen al trasladar la residencia a España?

Al trasladar la residencia fiscal a España, el contribuyente debe cumplir con los requisitos de baja fiscal en su país de origen. Los procedimientos varían: México requiere el aviso de cambio de residencia ante el SAT (ficha 73/CFF) con representante legal; Colombia requiere acreditar la no residencia ante la DIAN. España tiene convenios de doble imposición vigentes con México y Colombia, aunque su aplicación bajo la Ley Beckham tiene matices técnicos importantes. El asesoramiento de un especialista en fiscalidad internacional es imprescindible antes de tomar cualquier decisión.

¿La compra de un inmueble en la Costa del Sol facilita la obtención de alguna de estas visas?

Depende de la vía. Para la Visa No Lucrativa, disponer de un inmueble en propiedad en España facilita la acreditación del requisito de vivienda. Para la Visa Nómada Digital, mejora la percepción de arraigo. Para el Traslado Intraempresarial y la Visa de Emprendedor, no tiene impacto directo en la tramitación. En cualquier caso, la compra de un inmueble y la obtención de residencia son procesos independientes que pueden tramitarse simultáneamente.

¿Cuántos años de residencia son necesarios para obtener la ciudadanía española siendo latinoamericano?

Solo 2 años de residencia legal y continuada, frente a los 10 años exigidos con carácter general. Este plazo aplica a todos los ciudadanos iberoamericanos. La ciudadanía española otorga el pasaporte europeo, con derecho a vivir, trabajar e invertir libremente en los 27 países de la Unión Europea.

Más información: Ciudadanía Española para Latinoamericanos   Obtención de la Residencia

Fuentes: LO 1/2025 (BOE 3 enero 2025) · Ley 28/2022 de Startups · Ley 14/2013 de Emprendedores · Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería · Artículo 93 Ley 35/2006 LIRPF (Ley Beckham) · Agencia Tributaria Española (AEAT) · Ministerio del Interior — Secretaría de Estado de Migraciones · BK Realty Group. Datos compilados mayo 2026.

Esta guía tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Consulte siempre con profesionales especializados antes de tomar decisiones.

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